Lesiones por caídas en una vía pública

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La Administración es responsable de ofrecer una serie de servicios públicos a todos los ciudadanos, pero, a veces, estos servicios no se ofrecen correctamente y provocan daños a los ciudadanos. Debes saber que puedes reclamar indemnizaciones ante lesiones o daños.

En ocasiones se pueden sufrir accidentes por el mal estado del asfalto, la mala instalación de una alcantarilla, por pisar en una baldosa suelta o por la mala iluminación de una calle apartada. Si usted se encuentra en una situación similar tiene derecho a una indemnización.

No siempre está claro el motivo por el que se sufre un accidente, incluso si no se tienen conocimientos en leyes ni siquiera se sabe a quién ni cómo reclamar. Lo principal es informarse bien, evaluar los daños sufridos y contar con la ayuda de un experto a la hora de interponer una reclamación de indemnización por accidente en la vía pública.

En estos casos también es importante llamar a la policía para que levante atestado del lugar del accidente y que se haga constar la deficiencia que origina la lesión. También es conveniente llamar al SAMUR/SUMA, para que te recoja en el mismo lugar del accidente y haga un primer diagnóstico allí mismo.

¿Cuáles son los pasos que debemos seguir para la reclamación?

  • Una vez que se sufre el accidente, lo primero es pedir ayuda, a las personas o persona que te acompaña o sino a cualquier persona que pase a tu lado. Si vas con alguien, éste deberá pedir los datos de las personas que han visto el incidente, para que puedan declarar como testigos con la intención que declaren y expongan lo que sucedido ante la administración o en el juzgado.
  • Avisar a la policía nacional o municipal y solicitarles que levanten atestado del accidente donde se recogerán las causas del accidente y serán un elemento muy importante a la hora de presentar las pruebas para solicitar la indemnización por el accidente sufrido en la vía pública.
  • Solicitar una ambulancia para que los facultativos te revisen y les expliques que los dolores y daños sufridos han sido a consecuencia del accidente sufrido. Si no acude una ambulancia es muy importante presentarse en un hospital o clínica para que te atienda y te exploren las partes afectadas. No hay que dejar pasar tiempo, ya que este hecho correrá en tu contra y cuanto más tiempo pase mayor será la dificultad de relacionar el accidente con las lesiones producidas. Esto puede dificultar la obtención de la indemnización por falta de un nexo casual.
  • Es muy importante guardar toda la documentación que te facilite la policía, los servicios médicos y todos los justificantes de pago de cualquier gasto que nos haya ocasionado él accidente. Gastos en medicinas, gastos de transporte de taxis, sesiones de fisioterapia, muletas, silla de ruedas, etc.

La reclamación se debe hacer frente al propietario del lugar si es privado o contra el Ayuntamiento correspondiente si es público, y si el acuerdo amistoso no es posible en el primer caso debe de presentarse una demanda ante la Jurisdicción Civil, y en el segundo iniciar una reclamación patrimonial contra la administración. En ambos casos puede intervenir posteriormente una compañía de seguros que tenga concertada póliza de responsabilidad civil contratada por el titular del lugar donde se producen las lesiones.

Como regla general, los conceptos indemnizatorios que se pueden reclamar, son los siguientes:

  • Los días de ingreso hospitalario, de baja laboral o que las lesiones tarden en curar.
  • Las secuelas que padezca tras haberse estabilizado las lesiones.
  • Las incapacidades laborales que pueda tener como consecuencia de las mismas.
  • El lucro cesante que haya sufrido (los beneficios dejados de percibir a causa de la baja laboral o paralización del negocio) y que se pueda acreditar documentalmente.
  • Los gastos invertidos en la curaciónde las lesiones.

Las cuantías económicas de dichos conceptos varían dependiendo de los casos particulares y del tiempo curación y/o impedimento, así como de las secuelas y diferentes tipos de incapacidades (Permanente Parcial, Total, Absoluta o Gran Invalidez) todas ellas legalmente reguladas en un baremo, el cual va variando dependiendo de los Índices de Precios de Consumo (I.P.C.).

Lo deseable sería llegar a un acuerdo amistoso con el responsable de los daños, y/o su compañía de seguros, pero en el caso de que esto no sea posible se hace inevitable acudir a la vía judicial, para lo cual hay un plazo de prescripción de un año para las reclamaciones ante los Juzgados Civiles y Contenciosos Administrativos.

En Bufete Castellanos te ayudamos con todas las gestiones que tienes que realizar, entre tanto esperamos que te hayan sido de ayuda estas pautas.

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